Términos y Condiciones

POLÍTICAS INSTITUCIONALES DE PAGO, FACTURACIÓN, BECAS, DEVOLUCIONES Y SERVICIOS EDUCATIVOS

Versión: 01

Fecha de emisión: julio 2026

Vigencia: agosto 2027

La UNIVERSIDAD ESTATAL DE ORIENTE, A.C., con domicilio en calle 21 oriente núm. 1816 Colonia Azcarate C.P. 72501 Puebla, pue emite las presentes Políticas Institucionales de Pago, Facturación, Becas, Adeudos y Prestación de Servicios Educativos, las cuales forman parte integrante del Contrato de Prestación de Servicios Educativos, del Reglamento General de Alumnos, del Reglamento de Posgrado, del Reglamento de Titulación y demás normativa institucional.

La inscripción, reinscripción o permanencia del estudiante implica el conocimiento, aceptación y cumplimiento obligatorio de las presentes políticas.

I. OBJETO

Regular:

  • los medios de pago;
  • las fechas de vencimiento;
  • la facturación;
  • los recargos;
  • las devoluciones;
  • los adeudos;
  • los descuentos;
  • las becas;
  • las bajas;
  • los efectos del incumplimiento de obligaciones económicas.

II. HORARIOS DE ATENCIÓN

La Gerencia ADMINISTRATIVA de Finanzas brindará atención en:

Domicilio:

Horario:

Lunes a viernes de 09:00 a 18:00

Sábados de 09 a 13:00

III. MEDIOS AUTORIZADOS DE PAGO

Los pagos únicamente podrán realizarse mediante las cuentas oficiales de la institución:

  • Transferencia electrónica.
  • Depósito bancario.
  • Tarjeta de débito.
  • Tarjeta de crédito.
  • Pago mediante plataforma electrónica autorizada.
  • Tiendas de conveniencia

No se reconocerán pagos realizados mediante cuentas personales de empleados, docentes, directivos o terceros.

Cualquier persona que solicite realizar pagos en cuentas distintas a las institucionales carece de autorización para ello.

La Universidad no reconocerá pagos efectuados en cuentas no autorizadas.

IV. CUENTAS BANCARIAS AUTORIZADAS

Banco:

Convenio:

Referencia bancaria: (matricula más digito verificador)

V. COMPROBANTES DE PAGO

Es obligación del alumno:

  1. Conservar todos sus comprobantes.
  2. Verificación de pago mediante la plataforma institucional:

dentro de los 2 días hábiles siguientes.

La Universidad no será responsable por pagos cuya identificación resulte imposible por omisión del alumno.

VI. FACTURACIÓN

Las facturas deberán solicitarse dentro del mismo día en que se realizó el pago, no sin antes confirmar que los datos de facturación que existe dentro de la plataforma sean los correctos.

Para ello será necesario proporcionar y verificar en sistema:

  • Datos Fiscales
  • Uso de CFDI.
  • Correo electrónico.

Una vez concluido un plazo máximo de 24hrs, la Universidad no estará obligada a cancelar, sustituir o modificar comprobantes fiscales electrónico.

VII. INSCRIPCIÓN Y REINSCRIPCIÓN

La inscripción y reinscripción únicamente se considerarán concluidas cuando:

  • se entregue la documentación requerida;
  • se cubran los pagos correspondientes;
  • exista disponibilidad de lugar;
  • no exista impedimento académico o disciplinario.

La Universidad podrá negar la reinscripción cuando existan adeudos económicos, académicos o administrativos.

VIII. COLEGIATURAS

Las colegiaturas deberán cubrirse dentro de los primeros 10 días naturales de cada periodo correspondiente.

El incumplimiento generará recargos conforme a estas políticas.

El pago extemporáneo no implica prórroga ni modificación de la fecha de vencimiento siguiente.

IX. RECARGOS

Todo pago vencido generará un recargo del 10% mensual o la cantidad vigente aprobada por la Universidad.

Los recargos forman parte del adeudo.

No serán condonados salvo autorización expresa y por escrito de la Rectoría  General. De acuerdo a lo estipulado en el Contrato de adhesión de servicios educativos en la cuarta clausula párrafo quinto inciso III.

X. ADEUDOS

Cuando el alumno presente adeudos, la Universidad podrá:

suspender servicios a partir de 3 adeudos y accesos al sistema.

De acuerdo a lo estipulado en el Contrato de adhesión de servicios educativos

Todo ello conforme a la legislación aplicable.

XI. SUSPENSIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS

La Universidad podrá suspender temporalmente determinados servicios cuando el estudiante acumule 3 mensualidades vencidas. Y que no cuente con un convenio previo con Gerencia Administrativa.

La suspensión no extingue la obligación de pago.

XII. BAJAS

Toda baja deberá solicitarse por escrito.

Mientras la baja no quede formalmente autorizada, continuarán generándose las obligaciones económicas correspondientes.

La inasistencia a clases no constituye baja.

El abandono escolar tampoco libera del pago de los servicios devengados.

XIII. DEVOLUCIONES

Las cantidades pagadas por concepto de:

  • inscripción;
  • reinscripción;
  • colegiaturas;
  • cuotas administrativas;
  • cursos;
  • diplomados;
  • talleres;
  • seminarios;
  • certificaciones;

no serán reembolsables.

Únicamente procederá devolución cuando:

  1. La Universidad cancele definitivamente el programa académico.
  2. Exista duplicidad de pago comprobada.

III. Exista resolución administrativa que así lo determine.

Toda devolución estará sujeta al procedimiento institucional correspondiente.

XIV. SALDOS A FAVOR

Los saldos a favor podrán aplicarse únicamente a futuros pagos previa autorización de la Gerencia Administrativa.

No generan intereses.

No son transmisibles.

XV. BECAS Y DESCUENTOS

Toda beca:

  • es personal;
  • es intransferible;
  • no genera derechos adquiridos;
  • deberá renovarse conforme a la convocatoria correspondiente.

Las becas podrán cancelarse cuando:

  • exista incumplimiento académico;
  • exista incumplimiento disciplinario;
  • existan adeudos;
  • se proporcionen datos falsos;
  • desaparezcan las condiciones que dieron origen al beneficio.

Los descuentos no son acumulables.

La Universidad podrá modificar, suspender o cancelar programas promocionales.

De acuerdo a lo estipulado en el Contrato de adhesión de servicios educativos y Reglamento de becas.

XVI. RESPONSABILIDAD DEL ALUMNO

El alumno es responsable de:

  • verificar sus pagos;
  • conservar comprobantes;
  • revisar sus estados de cuenta;
  • mantener actualizados sus datos fiscales;
  • revisar permanentemente los avisos institucionales.

La falta de consulta no libera de sus obligaciones.

XVIII. MODIFICACIONES

La Universidad podrá actualizar las presentes políticas cuando existan reformas legales, necesidades institucionales o modificaciones administrativas.

Las actualizaciones serán publicadas mediante los medios institucionales oficiales.

XVIII. INTERPRETACIÓN

La interpretación de estas políticas corresponderá exclusivamente a la Universidad por conducto de la Dirección Jurídica y de la Gerencia Administrativa.

XIX. JURISDICCIÓN

Para la interpretación y cumplimiento de las presentes políticas, las partes se someten a las leyes aplicables de los Estados Unidos Mexicanos y a la competencia de los tribunales del Estado de Puebla, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro.

Transitorios

PRIMERO. Las presentes Políticas entrarán en vigor a partir del 01 de agosto del 2026.

SEGUNDO. Quedan sin efectos todas las políticas anteriores que se opongan al presente instrumento.

TERCERO. Las presentes Políticas forman parte integrante del Contrato de Prestación de Servicios Educativos y del Reglamento General de Alumnos de la Universidad Estatal de Oriente, A.C.